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¿QUÉ HAGO SI ME BLOQUEAN LA CUENTA?
El bloqueo de cuentas bancarias es una de las medidas más graves en los procedimientos por delitos económicos, ya que puede paralizar completamente la actividad de una persona o empresa. En este artículo explico qué hacer si te bloquean la cuenta, cómo solicitar el desbloqueo parcial y por qué la estrategia de defensa desde el inicio es fundamental.
Mauricio Capel
2 min read
El bloqueo de cuentas bancarias es una medida cautelar habitual durante la investigación de delitos económicos (estafa, apropiación indebida, administración desleal, fraude a inversores, delito fiscal, blanqueo de capitales, etc.), cuyo objetivo es impedir que el dinero pueda desaparecer, transferirse a terceros u ocultarse durante la investigación.
Esta medida suele ser acordada por un Juzgado de Instrucción, aunque en ocasiones el bloqueo se produce inicialmente por un requerimiento policial o por la propia entidad bancaria, en el marco de una investigación por delitos económicos.
El bloqueo de cuentas es una medida especialmente grave, ya que puede paralizar completamente la actividad económica de una persona o de una empresa, impidiendo el pago de hipotecas, nóminas, proveedores o gastos básicos. Por ello, es fundamental saber cómo actuar desde el primer momento.
Primeros pasos clave si te bloquean las cuentas
1. Averiguar qué juzgado ha ordenado el bloqueo: Es imprescindible identificar el procedimiento judicial, el juzgado que ha acordado la medida y el motivo del bloqueo. Sin esta información, no se puede empezar a trabajar en la defensa ni solicitar el desbloqueo.
2. Contratar un abogado especializado en delitos económicos: Los procedimientos por delitos económicos suelen ser complejos y se basan principalmente en documentación bancaria, fiscal y contable, así como en informes periciales económicos. Por ello, la defensa debe ser técnica y especializada.
3. Solicitar el levantamiento parcial del bloqueo: La ley permite solicitar al juzgado el desbloqueo de cantidades para poder hacer frente a gastos básicos y garantizar la continuidad de la actividad económica, tales como:
Hipoteca o alquiler
Nóminas de trabajadores
Seguros sociales
Gastos médicos
Gastos básicos familiares
Pago a proveedores
Gastos necesarios para la continuidad de la actividad empresarial
Los juzgados suelen autorizar desbloqueos parciales para evitar que la medida cautelar provoque un perjuicio económico irreparable, especialmente cuando afecta a empresas o a la actividad profesional del investigado.
4. Diseñar una estrategia de defensa desde el inicio: En los procedimientos por delitos económicos, la clave de la defensa suele estar en la documentación económica, en la trazabilidad del dinero y en los informes periciales.
No obstante, en la práctica, también es frecuente encontrar denuncias o querellas que intentan convertir un conflicto civil o mercantil en un procedimiento penal (por ejemplo, conflictos entre socios, incumplimientos contractuales o inversiones fallidas). En estos casos, una declaración del investigado correctamente preparada y una estrategia procesal bien planteada pueden permitir solicitar el sobreseimiento y archivo de la causa en una fase muy temprana del procedimiento.
Conclusión
El bloqueo de cuentas en el marco de una investigación por delito económico es una situación muy grave, pero existen mecanismos legales para solicitar el desbloqueo parcial de las cuentas y evitar o impedir necesidades o agobios que terminen produciendo lo que se conoce como “muerte civil” (máxime si consideramos la larga duración de este tipo de procedimiento judiciales).
La rapidez en la actuación, la preparación de la documentación económica y el diseño de una estrategia de defensa desde el primer momento son fundamentales para poder desbloquear las cuentas y resolver el procedimiento de la forma más favorable posible.
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