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¿Cuándo Hacienda pasa de infracción a delito fiscal?

Análisis de cuándo una infracción tributaria pasa a constituir delito fiscal en España, el papel clave del dolo y las principales estrategias de defensa. Descubre cuándo intervenir, si conviene regularizar y cómo afrontar un procedimiento penal por delito fiscal conforme al Código Penal español.

4/8/20261 min read

El paso de una infracción tributaria a un delito fiscal viene determinado, en primer lugar, por un criterio cuantitativo: que la cuota tributaria defraudada supere los 120.000 euros por impuesto y ejercicio fiscal, conforme a lo previsto en el artículo 305 del Código Penal español.

Por debajo de dicho umbral, la conducta quedará, con carácter general, en el ámbito administrativo sancionador.

Ahora bien, no basta con el dato objetivo de la cuantía. En el ámbito penal rige el principio de culpabilidad, lo que exige que los hechos sean imputables al autor a título de dolo o imprudencia. En el delito fiscal, el legislador únicamente contempla la modalidad dolosa, lo que implica la necesidad de acreditar una intención consciente de defraudar.

Aunque la Agencia Tributaria suele presumir la existencia de dolo cuando detecta irregularidades relevantes —como ingresos no declarados o el uso de estructuras societarias interpuestas—, dicha presunción no es suficiente en el proceso penal.

En virtud del derecho fundamental a la presunción de inocencia reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución Española, corresponde a la acusación probar, más allá de toda duda razonable, la existencia de ese elemento subjetivo.

La acreditación del dolo defraudatorio constituye, por tanto, uno de los ejes centrales en la estrategia de defensa en los procedimientos por delito fiscal.

Pasos a seguir en una estrategia de defensa frente al delito fiscal

Cuando la Agencia Tributaria aprecia indicios de delito, remite el caso al Ministerio Fiscal, iniciándose un procedimiento penal con riesgo de penas de prisión y antecedentes penales.

En este contexto, resulta fundamental la intervención temprana de un abogado penalista experto, que permita analizar:

  • Si realmente existe delito fiscal

  • Las posibilidades reales de defensa

  • La estrategia más adecuada en cada caso

Antes de la incoación del procedimiento penal, debe valorarse la posibilidad de una regularización fiscal.

No obstante, esta decisión no debe adoptarse de forma automática ni precipitada, sino únicamente tras un análisis riguroso de la situación fiscal y de las opciones de defensa en caso de que el asunto acceda a la jurisdicción penal.

En definitiva, la decisión entre regularizar o defenderse constituye una cuestión estratégica clave, que exige asesoramiento especializado desde las primeras fases, con el fin de minimizar riesgos y optimizar la defensa del contribuyente.

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